Vacaciones en la Ley Federal de Trabajo
Las vacaciones que establece la Ley Federal de Trabajo, en su artículo 76, se otorgan a los trabajadores que tengan más de un año de servicio, dándoles la posibilidad y la obligación de disfrutar de un período anual de vacaciones pagadas. En el artículo 81 la ley dispone que deben otorgarse dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicios y que su pago debe efectuarse el día inmediato anterior al inicio del disfrute.
6 de junio · 380 palabras
La Ley Federal de Trabajo de México estipula que los trabajadores que hayan cumplido un año de servicios tienen derecho a un período anual de vacaciones pagadas, que nunca puede ser menor a seis días laborales.
Los días de vacaciones se calculan en función de la antigüedad del trabajador y se deben otorgar dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de prestaciones.
En el primer año de trabajo, el trabajador tiene derecho a seis días de vacaciones, mientras que en los siguientes años, esta cantidad aumenta en dos días por año hasta llegar a doce días.
Además, por cada cinco años adicionales de servicio, el trabajador adquiere derecho a dos días más de vacaciones. El salario que se paga durante las vacaciones incluye un plus del 25%, llamado prima vacacional.
También se tienen derecho a días no laborables, como el Año Nuevo, el Día del Trabajo y el Día de la Independencia.
En resumen, es importante que los trabajadores conozcan sus derechos en cuanto a vacaciones, antigüedad y días no laborables previstos por la Ley Federal de Trabajo, para poder hacer valer sus derechos laborales y disfrutar de un merecido descanso.
Las Vacaciones que se declaran en la Ley Federal de Trabajo, en su artículo 76, son otorgadas a los trabajadores que posean más de un año de servicios, la chance y obligación de disfrutar de un lapso anual de vacaciones pagas.
Este período de vacaciones nunca podrá ser inferior a seis días laborales. Asimismo, la totalidad de los días correspondientes en vacaciones se computan basándose en la antigüedad del trabajador.
Asimismo, dentro de su artículo 81, la Ley Federal del Trabajo determina que las vacaciones se deben entregarse dentro de los seis meses próximos al cumplimiento del año de prestaciones.
El pago de las mismas debe realizarse el día inmediato anterior al inicio del disfrute por parte del trabajador.
Por el primer año de trabajo se le pertenece derecho a seis días de vacaciones. Durante los siguientes años aumentará dos días cada año hasta llegar a 12 días de vacaciones. Asimismo, por cada cinco años adicionales laborados bajo el mismo comportamiento, el trabajador adquiere derecho a dos días más de vacaciones.
Días de vacaciones según la Ley Federal de Trabajo:
- Año 1: 6 días
- Año 2: 8 días
- Año 3: 10 días
- Año 4: 12 días
- De 5 a 9 años: 14 días
- De 10 a 14 años: 16 días
- De 15 a 19 años: 18 días
- De 20 a 24 años: 20 días
- De 25 a 29 años: 22 días
El abono incluirá un plus, llamado prima vacacional, con un incremento del 25% del sueldo que recibes durante las vacaciones.
También, en cuanto a días no activos, tienes derecho a que se paguen los siguientes:
- Año Nuevo (1 de enero)
- Día de la Constitución (5 de febrero)
- Natalicio de Benito Juárez (21 de marzo)
- Día del Trabajo (1 de mayo)
- Día de la Independencia (16 de septiembre)
- Día de la Revolución (20 de noviembre)
- Día de la Toma de Posesión del Presidente de la República (1 de diciembre de cada seis años)
- Navidad (25 de diciembre)
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