Declaración de la renta: errores involuntarios cometidos por los contribuyentes a sabiendas
En la campaña de la renta de 2011 más de 19.500.000 personas presentaron su declaración de la renta, aunque muchos más tenían obligación de hacerlo. El desconocimiento es la principal causa de incumplimiento de nuestra obligación de presentar la renta o de incluir datos en la misma.
14 de abril · 420 palabras
El no declarar adecuadamente la renta puede ser un error común entre los contribuyentes, especialmente aquellos que no presentan la declaración de forma habitual o nunca lo han hecho.
En algunos casos, por desconocimiento de las obligaciones fiscales, pueden dejar de incluir en su declaración de la renta las ganancias obtenidas en actividades como el juego online o físico en casinos y casas de apuestas.
Además, también se pueden omitir las subvenciones y ayudas recibidas, como las destinadas al alquiler para jóvenes o las subvenciones para la mejora de la vivienda habitual.
Otro error común es no incluir las ganancias patrimoniales o la imputación de renta de inmuebles situados en el extranjero, lo cual puede generar problemas con la Agencia Tributaria.
Es importante que los contribuyentes estén informados de todas sus obligaciones fiscales y revisen adecuadamente su declaración de la renta para evitar posibles sanciones.
Muchos contribuyentes que no presentan la renta de forma habitual o nunca la han presentado, desconocen que a veces por una operación puntual que han hecho tienen obligación de presentar la declaración de la renta del ejercicio. O personas que presentan la declaración de la renta de forma habitual realizan una operación puntual fuera de su dinámica habitual y por desconocimiento no la incluyen en su declaración.
Las principales omisiones que cometemos en nuestras declaraciones de la renta:
- No declaramos las ganancias del juego, casinos y casas de apuestas, tanto online como en locales físicos. Son muchos los que juegan, pero muy pocos los que saben que tienen que incluir en su declaración de la renta los beneficios obtenidos. La novedad para el año 2012 es la compensación de las pérdidas del juego con las ganancias recibidas.
- No incluimos las subvenciones y ayudas recibidas: ayudas para el alquiler para jóvenes, subvenciones recibidas por la comunidad de propietarios donde vivimos para la mejora o la rehabilitación de nuestro bloque, subvenciones para la adquisición de la vivienda habitual.
- No declaramos determinadas ganancias patrimoniales, ya que consideramos que hemos cumplido con nuestras obligaciones fiscales y tributarias por haber liquidado otros impuestos y tributos adherentes a la operación: devolución de la aportación obligatoria de miembros de cooperativas, transmisión de inmuebles en el mismo año en el que los hemos heredado o nos los han donado.
- No incluimos la imputación de renta de inmuebles situados en el extranjero en nuestra declaración de la renta.
Sobre el último punto existe un total y absoluto desconocimiento de la obligación a declarar; hasta en el teléfono de atención al ciudadano de la Agencia Tributaria hay agentes colaboradores que informan que no existe la obligación de incluir estos inmuebles en nuestra declaración de la renta.
La verdad es muy distinta: desde los años 80 hay que incluir en el apartado de imputación de rentas los inmuebles situados en el extranjero. En la práctica nadie incluye estos inmuebles en su declaración, con la correspondiente pérdida de ingresos para Hacienda.
Hacienda somos todos, pero Hacienda también comete errores, como todos. Para más información sobre los errores más comunes cometidos por Hacienda puedes leer este artículo - Declaración de la renta – errores comunes cometidos por Hacienda en la elaboración de los borradores
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