Reformas de edificios en Andalucía
Programa para fomentar la rehabilitación de los elementos comunes de edificios, mediante ayudas a comunidades de propietarios o a propietarios de edificios destinados al alquiler. Ofrece subvenciones, asistencia técnica y la posibilidad de préstamos cualificados según los requisitos establecidos.
12 de junio · 528 palabras
El Programa de Rehabilitación de Edificios busca impulsar la renovación y mejora de edificios a través de ayudas a comunidades de propietarios y propietarios de edificios destinados al alquiler.
Para acceder al programa, al menos el 50% de los propietarios del inmueble no deben superar los ingresos anuales de 2,5 veces el IPREM y el presupuesto protegible no debe superar los 10.000 € por vivienda o 14.000 € en el caso de obras de adecuación estructural.
La persona beneficiaria recibirá asistencia técnica para la redacción de proyectos y documentación, así como la dirección de obra, y una subvención del 75% del presupuesto de ejecución material de la obra.
Si el promotor es el propietario de un edificio en alquiler, las viviendas alquiladas a familias con ingresos inferiores a 2,5 veces el IPREM deben alcanzar el 50% de la totalidad de las viviendas del edificio.
Además, se puede solicitar un préstamo cualificado por el importe a pagar menos la subvención si los ingresos anuales no superan las 5,5 veces el IPREM.
El programa está dirigido a comunidades de propietarios y propietarios de edificios destinados al alquiler que cumplan con los requisitos establecidos y se accede a él mediante una convocatoria pública que establece el plazo de presentación de solicitudes.
Características del Programa de Rehabilitación de Edificios
Al menos el 50% de los propietarios/as del inmueble no deben superar en sus ingresos anuales 2,5 veces el IPREM.
El presupuesto protegible no superará un total de 10.000 €/vivienda o 14.000 €, en el caso de obras de adecuación estructural.
La persona beneficiaria recibirá asistencia técnica para redacción de proyectos y documentos, así como la dirección de obra.
Recibirá una subvención de cuantía equivalente al 75% del presupuesto de ejecución material de la obra (7.500 €/vivienda o 10.500 €/vivienda, en el caso de obras de adecuación estructural).
Cuando el promotor sea el propietario de un edificio en alquiler, las viviendas alquiladas a familias con ingresos inferiores a 2,5 veces el IPREM, junto con las desocupadas, deben alcanzar el 50% de la totalidad de las viviendas del edificio.
Podrá solicitar un préstamo cualificado por el importe a pagar menos la subvención si los ingresos anuales no superan 5,5 veces el IPREM.
En qué consiste
Trata este programa de fomentar la rehabilitación de los elementos comunes de edificios, mediante ayudas a comunidades de propietarios o a propietarios de edificios destinados al alquiler.
Se regula en la Sección 5ª del Capítulo VII del Título II del Plan Concertado de Vivienda y Suelo 2008-2012, aprobado mediante el Decreto 395/2008, de 24 de junio, y en su redacción dada en el Texto Integrado del mismo, aprobado en la Orden de 7 de julio de 2009 y en la Orden de 26 de enero de 2010 de desarrollo y tramitación de las actuaciones en materia de vivienda y suelo del Plan Concertado 2008-2012.
La presentación de solicitudes para acceder a este programa está sujeta a convocatoria pública, que será publicada mediante orden de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda y en la que se fijará el correspondiente plazo de presentación de solicitudes.
A quién va dirigido
El programa se dirige a comunidades de propietarios en los que, al menos, el 50% de ellos deben tener ingresos familiares inferiores a 2,5 veces el IPREM.
También va dirigido a propietarios de edificios en alquiler.
Condiciones y requisitos particulares del programa
- Cuando el promotor sea la comunidad de propietarios, el 50% de ellos deben tener ingresos familiares inferiores a 2,5 veces el IPREM.
- Cuando el promotor sea el propietario de un edificio en alquiler, las viviendas alquiladas a familias con ingresos inferiores a 2,5 veces el IPREM, junto con las desocupadas, deben alcanzar el 50% de la totalidad de las viviendas del edificio.
- El presupuesto protegible no superará un total de 10.000 €/vivienda, o de 14.000 €/vivienda en el caso de obras de adecuación estructural.
Ayudas
Las personas beneficiarias de este programa percibirán:
- Asistencia técnica para la redacción de los proyectos o documentos técnicos necesarios, así como para la dirección de las obras.
- Una subvención del 75% del presupuesto protegible (7.500 €/vivienda o 10.500 €/vivienda, en el caso de obras de adecuación estructural).
- Se podrá solicitar un préstamo cualificado por un importe máximo de la cantidad que resulte de deducir el importe de la subvención del presupuesto protegible.
Presupuestos reforma
Reformas Madrid
Reformas Barcelona
Artículos relacionados
Los beneficios de utilizar una lavadora en su hogar
Posiblemente usted visite los lavamáticos porque no posee una lavadora en casa....
Encuentra tu droguería online de confianza
Encuentra la mejor droguería online para tu hogar: no todos los clics limpian...
90 tiendas Coppel en DF y 56 zapaterías Coppel Canadá
La cadena de tiendas departamentales tiene, tan solo en el área metropolitana,...
Qué hacer ante una crisis económica
Cómo enfrentar una crisis económica: cuáles son las estrategias y...
La bijouterie: muy buen emprendimiento
Síntesis sobre las posibilidades que brinda la bijouterie como emprendimiento y...
5 puntos para ahorrar energía sin gastar dinero en verano
5 puntos para ahorrar energía en el hogar sin gastar ni un solo euro. Es sencillo y...