Ley de datos personales
El 6 de julio de 2010 entró en vigor la Ley Federal de Protección de Datos Personales, cuyo propósito es garantizar la privacidad de las personas físicas. También regula el tratamiento legítimo y controlado de esos datos para proteger el derecho a la autodeterminación informativa.
7 de abril · 595 palabras
La Ley Federal de Protección de Datos Personales entró en vigor en México el 6 de julio de 2010 con el objetivo de proteger la privacidad y regular el tratamiento de datos personales.
Todos los particulares, empresas e instituciones que posean datos personales de clientes, empleados, proveedores, prospectos, candidatos, etc.
están obligados a establecer procedimientos y responsables internos para el tratamiento de estos datos y para atender las solicitudes que presenten las personas que así lo requieran. Las sanciones por incumplir la ley van desde los $5,000 hasta $73,000,000 pesos y de 3 meses a 5 años de prisión.
Es muy importante que las empresas cumplan con las medidas establecidas en la ley, ya que las sanciones pueden duplicarse en caso de infracciones relativas a datos personales sensibles, que incluyen datos sobre origen racial, estado de salud, creencias religiosas o preferencias sexuales, entre otros.
Las fechas para el cumplimiento de la ley son el 6 de julio de 2011 para expedir los avisos de privacidad y designar al responsable de atención de solicitudes ARCO, y el 1 de enero de 2012 para que las personas físicas puedan ejercer sus derechos ARCO.
Las principales obligaciones de las empresas incluyen dar un tratamiento adecuado a los datos personales y atender las solicitudes ARCO.
El 6 de julio de 2010 entró en vigor La Ley Federal de Protección de Datos Personales que tiene como propósito garantizar la privacidad de cualquier persona física, así como regular el tratamiento legítimo, controlado, a efecto de garantizar la privacidad y el derecho a la autodeterminación de las personas.
De acuerdo con la Ley de Datos Personales, ahora todos los particulares, entendiéndose por éstos todas las personas físicas con actividad empresarial, empresas o instituciones que posean datos personales de personas físicas como clientes, empleados, proveedores, prospectos, candidatos, etc., están obligados a establecer procedimientos y responsables internos para el tratamiento de estos datos personales y para la atención oportuna de las solicitudes que presenten las personas que así lo requieran.
Es muy importante que su empresa tome las medidas necesarias para cumplir con dicha Ley, ya que las sanciones que establece la misma van desde los $5,000 hasta $73,000,000 pesos; y de 3 meses a 5 años de prisión, pudiéndose duplicar las sanciones en caso de infracciones relativas a datos personales sensibles, que son los datos que afectan la esfera más íntima de su titular y cuya utilización pueda dar lugar a discriminación. Entre los datos personales sensibles está el origen racial, el estado de salud, las creencias religiosas o preferencias sexuales, entre otros.
Las fechas en las que deberá cumplir con la Ley de Datos Personales su empresa son las siguientes:
6 de julio de 2011:
- Su empresa deberá expedir sus avisos de privacidad.
- Su empresa deberá designar al responsable de atención de solicitudes ARCO (Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición).
1 de enero de 2012:
- Fecha en que las personas físicas podrán empezar a ejercer sus derechos ARCO respecto de sus datos personales en posesión de su empresa.
¿En qué consisten las principales obligaciones que ahora deberá cumplir su empresa?
- Se deberá dar a los datos personales que reciba de cualquier persona un tratamiento de acuerdo a lo señalado en la Ley; esto es, deberá contar con el consentimiento de su titular para su i) obtención, ii) uso, iii) divulgación o almacenamiento por cualquier medio. El uso incluye cualquier acción de acceso, manejo, aprovechamiento, transferencia o disposición de datos personales.
- Expedición de aviso de privacidad. El aviso de privacidad es el documento por medio del cual usted va a obtener el consentimiento de las personas con las que se relacione en su actividad comercial para la: i) obtención, ii) uso y iii) divulgación de los datos personales de dichas personas.
- El aviso de privacidad lo debe incluir en sus contratos con clientes, proveedores y empleados, así como en la solicitud de empleo, entre otros.
- Confidencialidad. Su empresa deberá guardar absoluta confidencialidad de los datos personales que sean de su conocimiento.
- Departamento de privacidad. Su empresa deberá contar con un departamento de privacidad para atender las solicitudes de los titulares de los derechos ARCO.
Debe garantizar que el aviso de privacidad dado a conocer sea respetado en todo momento; es decir, el aviso de privacidad debe ser totalmente congruente con el uso que pretenda hacer de los datos personales que sean de su conocimiento.
En Contratosconfiables.com encontrará modelos de aviso de privacidad que cuenten con los elementos más importantes que tienen que ser observados de acuerdo con la Ley de Datos Personales.
De igual forma le podemos brindar asesoría para asegurar que su empresa cumpla cabalmente con las obligaciones de este nuevo marco jurídico.
Por: Juan González www.contratosconfiables.com
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