Con la Formación Bonificada Ayudamos a Salir de Esta Depresión
La bonificación es un sistema de financiación, total o parcial, de los costes para la formación de los trabajadores mediante las deducciones a las cuotas de la seguridad social en concepto de formación profesional.
25 de April · 407 palabras.
🕘 Resumen
Cada vez más empresas deciden ofrecer formación a sus empleados a través de cursos que se imparten en la propia empresa o por medio de cursos en línea que pueden completarse de manera cómoda desde casa.
La formación bonificada es un beneficio que todas las empresas que cumplan ciertos requisitos pueden aprovechar. Esto aumenta la productividad y, probablemente, la motivación de los trabajadores en la empresa.
Las empresas que pueden acceder a esta formación son aquellas que tienen centros de trabajo en el territorio español, independientemente de su tamaño o ubicación, que desarrollan formación para sus trabajadores, que cotizan por la contingencia de Formación Profesional a la Seguridad Social, que están al corriente en los pagos a la Seguridad Social y Hacienda, y que han efectuado el pago del curso según la tarifa que se indica en el catálogo.
Todas las empresas con trabajadores por cuenta ajena a su cargo disponen, como mínimo, de un crédito formativo de 420€ anuales. Además, también pueden beneficiarse de la formación bonificada las asociaciones, fundaciones y ONGs que tengan contratados a trabajadores.
Para solicitar esta formación, el trabajador debe estar dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social.
Todas las empresas que cumplan un mínimo de requisitos (los detallaremos a continuación) pueden beneficiarse de la formación bonificada. El hecho de que los trabajadores estén bien formados en su trabajo va ha aumentar la productividad y probablemente la motivación del trabajador en la empresa.
Requisitos de las empresas para solicitar ésta formación:
- Tienen derecho a acogerse todas las empresas que tengan centros de trabajo en el territorio del Estado español, cualquiera que sea su tamaño o ubicación.
- Que desarrollen formación para sus trabajadores.
- Que coticen por la contingencia de Formación Profesional a la Seguridad Social.
- Estar al corriente en los pagos a la Seguridad Social y Hacienda.
- Haber efectuado el pago del curso según la tarifa que recoge el catálogo de cursos y forma de pago y siempre antes de realizar la bonificación.
- Seguir las instrucciones necesarias que le haremos llegar a la finalización del curso, para presentar los Seguros Sociales aplicando la bonificación y la forma correcta de contabilizar el gasto por formación continua.
Toda empresa con trabajadores por cuenta ajena a su cargo dispone como mínimo de un crédito formativo de 420€ anuales.
Pero no solo las empresas pueden beneficiarse de la formación bonificada, también pueden hacerlo las asociaciones, fundaciones y ONG´s también tienen derecho a percibir ayudas económicas para la formación de los trabajadores que tengan contratados.
Requisitos del trabajador para solicitar ésta formación:
- Estar dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social (trabajadores por cuenta ajena).
En cuanto a los trabajadores autónomos, éstos no pueden beneficiarse de este tipo de formación bonificada, pero si que pueden beneficiarse sus trabajadores.
Es importante que las empresas traten de motivar a sus trabajadores, un buen ambiente de trabajo favorece la productividad y las relaciones interpersonales de los miembros de la empresa, y esto a la larga también va a favorecer a la empresa.
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